Utiliza la prestación por desempleo para emprender tu propio negocio
Excepto que se reciba como un pago único, la prestación por desempleo tributa en el IRPF como rendimientos de trabajo personal. En enero de 2013 a través del Decreto-ley 4/2013 se estipuló que la exención no contempla ninguna acotación. Este Decreto tenía la finalidad de apoyar e impulsar a los emprendedores, y favorecer así la generación de nuevos puestos de trabajo. Aun así dicha exención No obstante, la exención está sujeta a condiciones: Si el empleado autónomo se limita a la conservación de la actividad cinco años. Si el emprendedor ha formado parte de sociedades laborales o cooperativas [...]