¿Se pueden aplicar de manera inmediata las reformas previstas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos?

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¿Se pueden aplicar de manera inmediata las reformas previstas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos?

El departamento de asesoramiento laboral de ADECLA (Asociación del Club del Asesor) ha analizado las dificultades para la puesta en marcha de las nuevas medidas urgentes referidas a las condiciones laborales de los trabajadores autónomos.

Estas reformas afectarán de manera directa a más de 3 millones de trabajadores.

Las principales medidas que recoge la proposición de ley son las siguientes:

Aumento de la flexibilidad para el cambio de la base de cotización.

Es una medida fácil de aplicar, simplemente se trata de permitir el cambio de un mes para otro, si se comunica antes del día 20, no hay problema en implantarla.

Fórmulas de cotización adaptadas con cotizaciones específicas.

Se verían beneficiados los trabajadores a tiempo parcial y también los que ejercen la actividad de forma discontinua o como complemento.

Esta medida es muy importante, sobre todo a la hora de motivar a trabajadores que actualmente no están cotizando a darse de alta.

Es la más difícil de aplicar, hablamos de RETA (Régimen especial de trabajadores autónomos) parcial o discontinuo, nuestros expertos piensan que este cambio no podrá realizarse de forma inmediata por causas, sobre todo, técnicas.

Pago de las cuotas ajustado a las fechas de altas y bajas en la Seguridad Social.

Se trata de evitar que un autónomo que quiera darse de alta a finales de mes tenga que pagar el mes entero, es una vieja reclamación y tan sencillo como quitar la consideración de mes completo en cada cuota.

Ampliación de la tarifa plana de 6 a 12 meses.

Esta novedad que se está aplicando ya en la Comunidad de Madrid pone especial énfasis en la protección de los nuevos autónomos, busca incentivar el empleo pero deja sin bonificación al trabajador ya establecido que reclama una cuota de autónomos más justa.

Esta es una de las medidas más fáciles de aplicar.

Bonificaciones durante el embarazo, por cuidado de familiares, por periodos de descanso por maternidad, adopción, riesgo en el embarazo, suspensión por paternidad. 

Es una  medida es muy fácil y posible de aplicar. Sería necesario cambiar la declaración de quién se hace cargo del negocio durante el periodo de descanso.

Compatibilidad con la pensión de jubilación.

Si ya es compatible en el caso de algunos colectivos sería muy sencillo ampliarlos al resto.

Mayores facilidades para la conciliación. 

En la conciliación por temas de dependencia económica, en supuestos de familiares a cargo no sería costoso aplicarlo.

Deducción en el IRPF. 

Una vieja reclamación del colectivo es la relativa a la desgravación de gastos que provengan del automóvil, la electricidad y el agua.

Esta solución quitaría los problemas actuales que tienen los autónomos con la AEAT.

Retraso del ingreso del IVA hasta el momento de cobro a los clientes.

En este punto se plantean muchas dudas, cómo lo sabe la AEAT, se fía del Autónomo.

Probablemente pondrán un límite de tiempo desde la generación de la factura.

Suavizar las multas por retrasos en el pago de las cuotas. 

De un 3% al 20% que actualmente se aplica por el retraso; y aplazamientos en el pago de deudas con la Seguridad Social.

Esta medida sería muy bien recibida por el colectivo

Desempleo en los autónomos. 

La nueva normativa agilizará la tramitación por cese de actividad y aumentará su duración para equipararla con la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena.

Además se creará un subsidio por cese de actividad. En este punto la mayor dificultad se encuentra en relación a las Mutuas.

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