Convenio entre Adecla y Tributos de Castilla y León

Convenio entre Adecla y Tributos de Castilla y León

ADECLA ha firmado un acuerdo de Colaboración Social con la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Castilla y León.

A partir de ahora, los socios de ADECLA podrán realizar presentaciones telemáticas en nombre de terceros a través de la plataforma OVIA (Oficina Virtual de Impuestos Autonómicos) de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León.

El proceso de adhesión individual para ser colaborador social en la aplicación de los tributos con la Junta de Castilla y León es el siguiente:

1.- Debe enviarnos un correo electrónico a [email protected] solicitando la adhesión e indicando el NIF / CIF y el nombre y apellidos de la persona física o jurídica asociada a ese NIF.

2.- Una vez hayamos recibido la solicitud, tramitaremos la adhesión con la Junta de Castilla y León. En un plazo no superior a 24 horas ya puede solicitar el alta en la plataforma OVIA:

     SOLICITUD DE ALTA COMO USUARIO PROFESIONAL EN OVIA:

 Los usuarios profesionales de la asociación que quieran realizar trámites telemáticos en representación de terceras personas a través de nuestra Oficina Virtual (OVIA), deben darse de alta como usuarios profesionales, siendo necesario a estos efectos que dispongan de certificado digital de persona física o DNI electrónico:

https://tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284195176093/_/_/_?idWindow=1

En el siguiente enlace pueden encontrar la información que se muestra a este respecto en el portal tributario de la Junta de Castilla y León:

 http://www.tributos.jcyl.es/web/jcyl/Tributos/es/Plantilla100/1284401029137/_/_/_

Si al realizar este trámite encontrasen  alguna dificultad o tuviesen cualquier duda, esta Consejería dispone de un Servicio de Atención a Usuarios en los números de teléfono 012 / 983 324 862 o en el correo electrónico: [email protected].

  1. El alta en OVIA se confirmará en un plazo no superior a las 24 horas.
  2. Para realizar el pago y la presentación telemática, el presentador de las autoliquidaciones debe emplear una tarjeta o cuenta bancaria perteneciente a alguna de las Entidades Financieras Colaboradoras asociadas al sistema de pago telemático.
  3. Es muy importante que los usuarios profesionales o presentadores colectivos que presenten autoliquidaciones tributarias de terceras personas de forma telemática ostenten de forma obligatoria la representación de los referidos contribuyentes en cuyo nombre actúen.

MODELOS QUE SE PUEDEN PRESENTAR DE MANERA TELEMÁTICA

  • Impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (Modelos 600, 610, 620 y 630)
  • Impuesto de sucesiones y donaciones(Modelos 650, 651 y 655)
  • Tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias (Modelo 042)
  • Tasa fiscal sobre el juego (Modelo 045).
  • También es posible efectuar el pago telemático de las deudas notificadas por esta Administración:
    • Liquidaciones
    • Sanciones
    • Fraccionamientos
    • Apremios
    • Máquinas de juego (IGM)
    • Impuestos medioambientales (IMA)

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