Declaraciones Informativas 2021

Declaraciones Informativas 2021

PRIMERO: Toda la información disponible sobre Informativas 2021 se puede consultar en el correspondiente apartado de la página de la Agencia Tributaria, https://sede.agenciatributaria.gob.es/

En concreto, se puede consultar:

–        Cuáles son las vías de presentación de las declaraciones informativas, distinguiendo entre formulario y fichero (TGVI Online).
–        Cómo se realizan las modificaciones de las declaraciones presentadas, según cual haya sido la vía de presentación utilizada.
–        Las formas de presentación de las declaraciones según se trate de personas físicas, o resto de contribuyentes.
–        Las novedades, los plazos de presentación de los distintos modelos y la normativa aplicable.
–        Para facilitar la presentación de las declaraciones están disponibles tres servicios de ayuda:

1.        Identificación fiscal, que permite comprobar la calidad de los datos identificativos incluidos en las declaraciones de forma simultánea hasta 20.000 registros, comprobar el NIF de un tercero a efectos censales y proporcionar información acerca de la obtención,  estructura y funcionamiento del NIF en otros países.
2.        Portal de pruebas externas
3.        Registrarse en cl@ve PIN

SEGUNDO: Aprovechamos para informarle de los trámites disponibles sin necesidad de desplazamientos presenciales a las oficinas de la AEAT:

·        Utilización del sistema de identificación, autenticación y firma, que forman la plataforma única, Cl@ve.

·        Apoderamiento electrónico (sin personación en oficinas): desde septiembre de 2020 es posible dar de alta el poder de representación sin intervención del poderdante, pues ya en su momento otorgó el poder ante el fedatario público correspondiente. Así, estas escrituras de poder otorgadas para la realización de trámites y actuaciones por Internet ante la Agencia Tributaria (salvo las otorgadas en el extranjero) pueden ser presentadas por el propio apoderado con su certificado electrónico o Cl@ve.

.    Acreditación online para la solicitud de los certificados de representante de persona jurídica de la FNMT correspondientes a entidades cuyo NIF comience por las letras A, B, C o D. Debe realizarla el representante de la entidad, legal o voluntario, identificándose con su propio certificado de firma electrónica y aportando un certificado electrónico de inscripción (cotejable por CSV) reciente (15 días previos) del Registro Mercantil relativo a los datos de constitución y personalidad jurídica de la sociedad, así como uno de los dos siguientes documentos:

  • Certificado electrónico (cotejable por CSV) reciente (15 días previos) del Registro Mercantil relativo al nombramiento del representante y vigencia de su cargo.
  • En caso de representación voluntaria, un poder notarial que contenga una cláusula especial para la obtención del certificado. Ver sede de la FNMT.

Adicionalmente, caso de administradores mancomunados, cuando se solicite el certificado de representante de persona jurídica utilizando este procedimiento online, deberán presentar el Formulario de Solicitud para Mancomunados, que deberá ir firmado electrónicamente por todos los administradores mancomunados.

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