IVA DEDUCIBLE PARA LOS AUTÓNOMOS

IVA DEDUCIBLE PARA LOS AUTÓNOMOS

IVA DEDUCIBLE PARA LOS AUTÓNOMOS

happy-boy Gastos deducibles en el IVA del autónomo:

1. Consumos de explotación:

Son los gastos generados por la compra de elementos necesarios para el ejercicio de la actividad y el IVA es deducible.

2. Sueldos, salarios y Seguridad Social:

Este tipo de gasto está exento de IVA.

3. Otros gastos de personal:

Formaciones, seguros, obsequios e indemnizaciones.

4. Arrendamientos:

Si el pago de un alquiler por el local donde se ejerce la actividad económica (despacho, taller, bar,…) lleva IVA se podría deducir en su totalidad.

5. Servicios de profesionales independientes.

Asesores, abogados, notarios

6. Otros servicios exteriores:

Entre los más habituales cabría destacar el agua, la luz, la publicidad o el consumo de teléfono.

7. Tributos fiscalmente deducibles:

Estos tributos no suelen llevar IVA, si lo llevara alguno como el canon de recogida de residuos, sería deducible. IBI, IAE.

8. Bienes de inversión:

El IVA de los bienes que se amortizan también es deducible.  Si se compra un equipo informático de 1.000€ de base imponible y 210 euros de IVA, los 210 los podremos deducir en el trimestre en que realicemos la compra.

9. Gastos financieros:

Los intereses que se pagan a bancos y a la Agencia Tributaria por aplazamientos.

10. El caso especial de la deducción de gastos de vehículo

El IVA de la compra de los vehículos afectos a la actividad (taxistas, transportistas) se puede deducir al 50% Ocurre lo mismo con el IVA de los gastos relacionados con el mismo proveniente de reparaciones, carburante, revisiones, etc.

sad-boyGastos no deducibles en el IVA del autónomo:

1. Alimentos (salvo circunstancias especiales), tabaco y bebidas.

2. Espectáculos o servicios de carácter recreativo.

3. Joyas, alhajas, piedras preciosas, perlas y objetos elaborados con oro o platino. Para uso propio o clientes

4. Bienes o servicios destinados a atenciones a clientes, asalariados o a terceras personas.

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