Nuevos modelos de cuentas anuales 2017

Nuevos modelos cuentas anuales

Nuevos modelos de cuentas anuales 2017

Nuevos modelos de cuentas anuales 2017

Con vistas a la presentación, depósito y publicación de las cuentas anuales del ejercicio 2017 y siguientes, se han publicado en el BOE los nuevos modelos de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadadas:

¿Dónde aparecen aprobados los nuevos modelos?

En la  Orden JUS/319/2018, de 21 de marzo,  se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación.

Tiene como principal novedad el documento : “Declaración de identificación del titular real” y en el que debe de contenerse información extra- contable exigible en aplicación de lo establecido en la directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de mayo de 2015 relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo.

¿El nuevo modelo debe acompañar a las cuentas individuales y consolidadas?

El nuevo documento solamente debe acompañar a las cuentas individuales y no es exigible a quien formule y deposite cuentas consolidadas.

¿Desde cuándo es obligatorio presentar el nuevo modelo?

Aplicables a la presentación de cuentas individuales de ejercicios cerrados con posterioridad al 1 de enero de 2017.

No será necesario este nuevo modelo en relación a cuentas individuales de ejercicios cerrados con anterioridad 1 de enero de 2017.

¿Quién puede ser titular real?

Siempre son personas físicas.  En el BOE aparece toda la información ampliada sobre las personas físicas que pueden ser titulares reales.

¿Qué incluye la Orden JUS/318/2018, de 21 de marzo por la que se aprueba el nuevo modelo?

La citada orden por la que se aprueba el nuevo modelo  para la  presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales consolidadas de los sujetos obligados a su publicación incluye:

  • novedades en el modelo de depósito de cuentas consolidadas establecido en la Orden JUS/470/2017, de 19 de mayo.
  • Actualización de las especificaciones técnicas del soporte electrónico recogidas en el anexo II
  • Actualización de las especificaciones de los test errores recogidos en el anexo III de la mencionada orden como consecuencia de los cambios registrados en la normativa en el tiempo transcurrido desde la promulgación de la mencionada orden

En el BOE aparece toda la información relativa a la novedad de presentación  de cuentas en el Registro Mercantil. 

 

 

Comparte este artículo

Deja una respuesta