Declaración Complementaria presentada fuera de plazo

Declaración Renta 2023

Declaración Complementaria presentada fuera de plazo

Cuando se detecte un error en la declaración tributaria presentada, deberá procederse a su corrección. El procedimiento para ello será, en este caso, el de declaración complementaria, pues es la modalidad prevista para aquellos casos en los que el error produce un perjuicio para la Administración Tributaria. Dicha declaración complementaria podrá presentarse en cualquier momento, siempre que no haya prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria.

En caso de presentar la declaración complementaria fuera del plazo para hacerlo, pero sin previo requerimiento por parte de la Administración, el obligado tributario deberá pagar un recargo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la LGT, que variará en función del retraso con el que se presente la declaración complementaria:

  • El recargo será del 1%, más otro 1% adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso (artículo 27.2 de la LGT).

Dicho recargo se calculará sobre el importe a ingresar resultante de las autoliquidaciones o sobre el importe de la liquidación derivado de las declaraciones extemporáneas, y excluye las sanciones que hubieran podido exigirse y los intereses de demora devengados hasta la presentación de la autoliquidación o declaración.

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