Notas de actualización de la AEAT

Notas de actualización de la AEAT

📜 NOTA DE ACTUALIZACIÓN

Resolución de 3 de junio de 2019 de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se acuerda la suspensión de la Resolución de 5 de abril de 2019, por la que se establece el procedimiento para la aplicación de la exención en el pago de aranceles registrales, en virtud de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Se publicó una  Resolución de 5 de abril de 2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para la aplicación de la exención en el pago de aranceles registrales, en virtud de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria no pagaría los aranceles registrales en los supuestos de anotaciones preventivas de embargos tributarios inscribibles en los Registros de la Propiedad y Mercantiles.

Los Registradores ante esta pretensión de la AEAT e iniciaron los pertinentes recursos ante la decisión administrativa.

Por prudencia o por causas no muy bien especificadas en la nueva Resolución de la Presidencia de la AEAT que ahora se publica y comenta, el Presidente de la Agencia Tributaria decide suspender la entrada en vigor de la previamente citada Resolución de 5 de abril, por lo cual la exención de la AEAT deja de aplicarse.

 

📜 NOTA DE ACTUALIZACIÓN

Resolución de 13 de junio de 2019, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica el plazo de ingreso en periodo voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

Como en años anteriores, se establece el plazo de pago en período voluntario de las cuotas provinciales y nacionales del Impuesto sobre Actividades Económicas, IAE; en este caso, del correspondiente al ejercicio 2019, así como su forma de pago.

Para las cuotas nacionales y provinciales del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019, se establece que su cobro se realice a través de las Entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, con el documento de ingreso que a tal efecto se hará llegar al contribuyente.

En el supuesto de que dicho documento de ingreso no fuera recibido o se hubiese extraviado, deberá realizarse el ingreso con un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, en el caso de cuotas de clase nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.

Se modifica, asimismo, el plazo de ingreso en período voluntario del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2019 cuando se trate de las cuotas a las que se refiere el párrafo anterior, fijándose un nuevo plazo que comprenderá desde el 16 de septiembre hasta el 20 de noviembre de 2019, ambos inclusive.

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