Impuesto sobre el Valor Añadido

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Impuesto sobre el Valor Añadido

El Impuesto sobre el Valor Añadido comúnmente llamado IVA es un impuesto de carácter indirecto consigna el consumo de bienes y servicios.

Un impuesto que grava todos los bienes y servicios generados por una actividad profesional en todas las fases de la cadena de producción hasta su llegada al cliente final.

¿Qué operaciones dan derecho a deducir el IVA?

Tenemos que diferenciar dos tipos de empresarios o empresas, las que solo realizan operaciones que dan derecho a deducir IVA o los que realizan de forma simultanea tanto operaciones que dan derecho a deducir como operaciones que no.

Si se realizasen simultáneamente dos actividades, una que no da derecho a deducir y otra que da derecho a deducir, es preciso ver la proporción que guardan las operaciones que dan derecho a deducir con respecto a la totalidad de operaciones realizadas.

Lo que llamamos Regla de Prorrata.

Este porcentaje se aplica sobre las cuotas soportadas que tuviesen la condición de deducibles, dando como resultado la cuantía de las cuotas que se podrán restar en la declaración-liquidación del IVA.

El porcentaje de deducción de las cuotas soportadas se determina multiplicando por cien el resultado de la fracción siguiente:

  • Numerador: importe total de las operaciones que originan el derecho a deducir, teniendo en cuenta los criterios antes indicados.
  • Denominador: importe total de las operaciones realizadas, originen o no el derecho a deducir.

Este es solo uno de los muchos aspectos a tener en cuenta acerca del IVA por esto Adecla y el Club del Asesor te ofrecen un Curso “Impuesto sobre el Valor añadido”.

Donde una vez estudiados los requisitos para poder deducir el IVA, a través de supuestos prácticos se verá cómo aplicar el régimen de deducciones, ampliando información sobre la Regla Prorrata.

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