El Modelo 720 se presenta antes del día 31 de marzo.

El Modelo 720 se presenta antes del día 31 de marzo.

Modelo 720, Declaración Anual sobre Bienes y Derechos situados en el extranjero.

¿Cuándo se presenta el Modelo 720?

plazos

El plazo finaliza el día 31 de marzo, dónde se presentan los datos correspondientes al año 2015.

¿Quiénes deberían presentarlo?

obligados

Todo aquel que tenga en propiedad un bien valorado como mínimo en 50.000 euros, cualquier tipo de bienes, cuentas, inmuebles, valores, etc.

Por lo general los obligados a declarar estos bienes y derechos son las personas físicas, jurídicas y las entidades que citamos ahora:

  • Personas físicas y jurídicas que residen en España.
  • Establecimientos permanentes en España gestionados por personas extranjeras.
  • Las entidades nombradas en el artículo 35.4 de la Ley 58/5003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Titulares de bienes o representantes autorizados.

¿Qué Incluye la Declaración?

Que

  • Cuentas abiertas en entidades que estén en el extranjero.
  • Valores o derechos situados en el extranjero.
  • Acciones y participaciones en el capital social o fondo patrimonial de Instituciones de Inversión Colectiva situadas en el extranjero.
  • Seguros de vida o invalidez y rentas temporales o vitalicias, en entidades del extranjero.
  • Titularidad sobre los inmuebles del extranjero.

¿Cómo se presenta?

COMO

Se presenta a través de internet, ya sea por el titular de los bienes o por un representante.

¿Qué ocurre si no se presenta el modelo 720?

  • 000 euros por cada dato en el caso de incumplimiento de la obligación de informar sobre cuentas en entidades de crédito situadas en el extranjero, con un mínimo de 10.000 euros.
  • 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta, con un mínimo de 1.500 euros, cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo de la Administración Tributaria.

Si no se presenta dicho modelo se cometerá una infracción tributaria y la sanción impuesta será una multa pecuniaria proporcional del 150 por ciento del importe de la base de la sanción.

 

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