Alquiler de viviendas para empleados

Alquileres exentos de IVA

Alquiler de viviendas para empleados

¿Qué requisitos deben cumplirse para que los alquileres de viviendas para empleados estén exentos de IVA?

Una reciente resolución del TEAC ha dejado claro los requisitos:

Las viviendas alquiladas por las empresas para sus empleados están exentas de IVA siempre que el contrato de alquiler cumpla unos requisitos determinados.

  • El contrato tiene que ser servir de vivienda a una persona concreta.
  • Si la empresa que ha alquilado las viviendas deja abierta la posibilidad de que la vivienda sea ocupada sucesivamente por diferentes empleados la exención no será aplicable, ya que, supondría una cesión o subarrendamiento.

Por lo tanto, si se acredita que no puede haber negocio jurídico posterior que permita ceder el uso de la vivienda, el arrendatario quedará exento de IVA.

Se puede acreditar siempre que el contrato conste expresamente el nombre del usuario último del inmueble, de forma que se impida el subarrendamiento o cesión posterior a otras personas.

Las discrepancias finalizan con esta resolución y la inspección ya no discutirá la exención si en el contrato de alquiler firmado por la empresa aparece el nombre del empleado concreto que va a hacer uso de la vivienda alquilada por la empresa.

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