Plazos de presentación cuentas anuales

plazos presentación cuentas anuales

Plazos de presentación cuentas anuales

Plazo de presentación de cuentas anuales

¿Cuándo hay que presentar las cuentas anuales?

Hay que hacerlo anualmente en el Registro donde la Sociedad tenga su domicilio social para que queden depositadas.

¿Qué se podrá inscribir?

  • Los ceses o dimisiones de los administradores.
  • La disolución de la sociedad y nombramiento de liquidadores.
  • Asientos que hayan sido ordenados por la autoridad judicial o administrativa.

¿Qué ocurre si no se presentan las cuentas anuales?

  • La consecuencia inmediata sería el cierre de la hoja registral, lo que implica el no poder inscribir documentos en el Registro.

Hasta que no se depositen las cuentas anuales no se podrá inscribir ningún documento en el Registro mercantil.

  • Imposición de sanciones:

Las sanciones administrativas consisten en multas que pueden ir desde 1.200 euros hasta los 60.000 euros

Si la facturación anual de la sociedad es superior a 6.000.000 de euros, el límite de la multa por año de retraso se elevará a 300.000 euros.

¿Se puede reabrir la hoja registral?

Se podría reabrir si al menos están depositados los tres últimos ejercicios. 

Plazos y obligaciones

  • 31 de diciembre hay que cerrar el cierre del ejercicio.
  • 31 de marzo. Formulación de las cuentas anuales por los administradores.
  • 30 de junio. Aprobación de las cuentas anuales por la Junta General.
  • 25 de julio. Declaración del Impuesto de Sociedades.
  • 30 de julio. Presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

Si la junta se celebra el 25 de junio, el plazo termina el 25 y no el 30 de julio.

¿En quién recae la obligación de depositar las cuentas anuales en el registro mercantil?

Según la Ley de Sociedades de Capital la responsabilidad es del administrador.

¿Qué plazos de presentación hay que distinguir?

  • Plazo de formulación de las cuentas anuales: Los administradores disponen de tres meses desde el cierre del ejercicio para formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado.
  • Plazo de legalización de los libros de contabilidad. Se establece un plazo máximo de cuatro meses desde el cierre del ejercicio para legalizar los libros.
  • Plazo de aprobación de las cuentas anuales. Deben ser aprobadas en Junta General Ordinaria, tras la formulación de las cuentas anuales y la legalización de los libros contables.
  • Plazo de depósito de las cuentas anuales. Aprobadas las cuentas anuales, se establece el plazo de un mes para su presentación en el Registro Mercantil.

 

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