PROYECTO DE ORDEN POR EL QUE SE REGULA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA OFICINA NACIONAL DE EVALUACIÓN
La Oficina Nacional de Evaluación (ONE) es el órgano colegiado integrado en la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon), tiene como finalidad el análisis de la sostenibilidad financiera de los contratos de concesiones de obras y contratos de concesión de servicios.
Su organización y funcionamiento se regirá por lo dispuesto en la citada Ley 9/2017, de 8 de noviembre, y en la presente Orden Ministerial.
La ONE se compone por los siguientes miembros:
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La persona titular de la Presidencia de la OIReScon (Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación), que ostentará también la Presidencia de la ONE.
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La persona titular de la División de evaluación de los contratos de concesión de la OIReScon, que ostentará también la Secretaría de la ONE.
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Tres representantes que sean titulares de un órgano con rango de Subdirección General o equivalente, cada uno de ellos designados respectivamente por las personas titulares de la Intervención General de la Administración del Estado, la Dirección General del Patrimonio del Estado, y la Dirección General de Fondos Europeos.
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Un representante designado por la persona titular de la Presidencia de la ONE a propuesta de las organizaciones empresariales representativas de los sectores afectados por la contratación administrativa.
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Un vocal designado por la persona titular de la Presidencia de la ONE entre académicos, profesionales y técnicos, de reconocido conocimiento y competencia en la materia de la contratación pública, sin relación directa o indirecta con las empresas contratistas a las que se refiere la letra d), que actuará con voz pero sin voto.
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Cuando se traten informes referidos a una Comunidad Autónoma que se hubiera adherido a la ONE conforme a lo previsto en el artículo 333.3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, asistirá un representante de la misma, que actuará con voz pero sin voto.
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En el caso de reuniones en que se traten informes de las Corporaciones Locales, asistirá a las mismas un representante de la Federación de Entidades Locales con mayor implantación en territorio nacional, junto con un representante de la propia Corporación e, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, ambos actuarán con voz pero sin voto.